Friday, 31 October 2008

Cancelaciones, ¿que hacer?

De acuerdo con el Reglamento (CE) núm. 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (en vigor desde el día 17 de febrero de 2005), cuando se produzca la cancelación de un vuelo (la no realización de un vuelo programado y en el que había reservada al menos una plaza) que salga de:

  • Un aeropuerto comunitario
  • Un aeropuerto situado en un país no comunitario -cuyas normas no dispongan compensaciones y asistencia- con destino a un aeropuerto comunitario y el transportista encargado de efectuar el vuelo sea comunitario.

Siempre que el pasajero:

  • Disponga de una reserva confirmada en el vuelo, disponiendo de un billete (impreso o electrónico) o de otra prueba de que ha sido aceptada y registrada por la compañía aérea.
  • Se presente a facturación en las condiciones requeridas y a la hora indicada previamente y por escrito, incluso por medios electrónicos (en el caso de no indicarse hora alguna, con una antelación mínima de 45 minutos respecto de la hora de salida).
  • Haya sido transbordado del vuelo para el que disponía de una reserva a otro vuelo.

El transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo ofrecerá:

  • La asistencia que se indica en los apartados "Derecho al reembolso o a un transporte alternativo" y "Derecho a atención" de Sobreventa (pero únicamente ofrecerá alojamiento en hotel y el transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento cuando la salida prevista del vuelo alternativo sea como mínimo al día siguiente de la salida programada del vuelo cancelado).
  • la compensación que se indica en el apartado "Derecho a compensación" de Sobreventa, excepto en los siguientes casos:
    1. La compañía aérea encargada de efectuar el vuelo no está obligada a pagar una compensación si puede probar que la cancelación se debió a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables.

      En el preámbulo del Reglamento citado se señala que dichas circunstancias extraordinarias pueden producirse, en particular, en casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo y huelgas que afecten a las operaciones de una compañía encargada de efectuar un vuelo.

      También se considera que concurren circunstancias extraordinarias cuando las repercusiones de una decisión de gestión del tránsito aéreo (en relación con una aeronave determinada y en una fecha determinada) den lugar a un gran retraso, a un retraso de un día para otro o a la cancelación de uno o más vuelos de la aeronave, aunque el transportista aéreo haya hecho todo lo posible por evitar dichos retrasos o cancelaciones.

    2. Se haya informado al pasajero de la cancelación al menos con 2 semanas de antelación con respecto a la hora de salida prevista.
    3. Se le haya informado de la cancelación con una antelación entre 2 semanas y 7 días con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrezca un transporte alternativo que les permita salir con no más de 2 horas de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de 4 horas de retraso con respecto de la hora de llegada prevista.
    4. Se le haya informado de la cancelación con menos de 7 días de antelación con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrezca tomar otro vuelo que les permita salir con no más de 1 hora de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de 2 horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.

      Corresponde a la compañía aérea encargada de operar el vuelo la carga de la prueba de haber informado al pasajero de la cancelación del vuelo así como del momento en que se le ha informado. Por su interés es importante que facilite sus datos de contacto a la compañía aérea o a la agencia de viajes para que pueda ser informado.

Siempre que se informe a los pasajeros de la cancelación deberá darse una explicación relativa a los posibles transportes alternativos.

En el caso de que un viaje combinado se cancele y el motivo no sea la cancelación del vuelo, este Reglamento no debe aplicarse.

Fuente: aena

Derechos reserva de vuelos

Cuando realice una consulta sobre un vuelo o haga una reserva a través de una agencia de viajes en la Unión Europea, Islandia o Noruega, tiene derecho a recibir una información neutra y precisa.

A no ser que solicite algo diferente, una agencia de viajes debe facilitarle información neutra a partir del sistema informático de reservas, en particular sobre:

  • Las diferentes opciones disponibles para efectuar el desplazamiento, en el siguiente orden:
    1. Vuelos sin escalas.
    2. Vuelos con escalas, pero sin cambio de aeronave.
    3. Vuelos de conexión.
  • Todas las tarifas existentes de las diferentes líneas aéreas, tal y como se anuncian.

Una agencia de viajes debe facilitar al pasajero acceso directo a la información que ofrece el sistema informático si éste lo solicita, permitiendo que contemple la pantalla o imprimiendo su contenido.

Si el billete se reserva directamente, la agencia de viajes o la compañía aérea deberá transmitir al pasajero toda la información disponible en el sistema informático sobre:

  • La identidad de la compañía aérea que prestará realmente el servicio, si es distinta de la compañía mencionada en el billete.
  • Los cambios de aeronave durante el desplazamiento.
  • Las escalas durante el desplazamiento.
  • Las transferencias entre aeropuertos durante el desplazamiento.

Internet

Una forma muy útil de obtener información sobre el vuelo que desea realizar es a través de Internet, conectando con la página correspondiente de las compañías aéreas, donde puede encontrar datos de interés como horarios y frecuencias de los vuelos y ofertas económicas con sus condiciones de utilización.

Si utiliza estos servicios de las compañías aéreas, consulte las Condiciones Generales de Transporte y las limitaciones de responsabilidad que aparezcan en Internet o pregunte a la compañía aérea dónde puede consultarlas.

En el caso de que compre su billete por Internet, asegúrese de haber escogido la ruta, fechas, horarios y tarifas que le interesan y de sus condiciones antes de completar la adquisición.

Consejos útiles

A continuación le damos algunas recomendaciones que le aconsejamos que tenga en cuenta:

  • Si sus planes de viaje coinciden con un periodo de alta ocupación, haga sus reservas con la antelación suficiente. Los vuelos para los periodos de vacaciones pueden venderse totalmente con semanas e incluso meses de anticipación.
  • Si necesita viajar durante un periodo de alta demanda, es aconsejable que compre su billete con la reserva confirmada y, si el viaje es de ida y vuelta, que procure tener el vuelo de regreso cerrado y conforme (o.k.), pues podría encontrarse con dificultades para disponer de plaza en el vuelo que desee realizar.
  • Es conveniente que confirme el horario de su vuelo antes de empezar el viaje.
  • En vuelos internacionales la mayoría de las compañías aéreas requieren que usted reconfirme su reserva del viaje de salida o de regreso al menos con 72 horas de antelación a cada vuelo. Si no lo hace, sus reservas podrían ser canceladas.
  • También conviene que compruebe su billete cada vez que embarque en un vuelo, para asegurarse de que solamente el cupón correspondiente a ese vuelo ha sido retirado por el empleado de la compañía aérea.

Seguros de viaje

Antes de iniciar su viaje consulte en su compañía o agencia de viajes la posibilidad de contratar un seguro de asistencia en viaje que incorpore coberturas de asistencia personal, accidente y equipajes.

Algunas tarjetas de crédito o seguros multirriesgo pueden incluir coberturas en caso de viaje o desplazamiento fuera de su domicilio, por lo que si ya tiene contratado alguno de estos productos, es aconsejable que se informe de sus coberturas y garantías en su entidad financiera o aseguradora.

Asimismo, si usted ha contratado un viaje combinado compruebe si dispone de un seguro de viaje que le resulte conveniente.


Fuente aena

Wednesday, 22 October 2008


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